El Tribunal Federal de Hacienda publicó el 2 de julio de 2026 cinco nuevas sentencias que pueden revestir una gran importancia para los propietarios de inmuebles, las empresas y los asesores fiscales. A continuación, ofrecemos un resumen de los temas más importantes.
La Ley del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Baden-Wurtemberg es conforme a la Constitución
Dos sentencias del 22 de abril de 2026 (n.º de expediente II R 26/24 y II R 27/24) se refieren a la Ley de Impuesto sobre Bienes Inmuebles del Estado federado de Baden-Wurtemberg. En ellas, el Tribunal Federal Fiscal (BFH) ha confirmado que la ley es compatible con la Constitución, tanto en lo que se refiere a la forma como al fondo. Baden-Wurtemberg había hecho uso de la denominada «cláusula de apertura» de la Ley Fundamental y había introducido su propio impuesto sobre bienes inmuebles, que se basa exclusivamente en el valor del suelo. A diferencia del modelo federal, el valor de los edificios construidos sobre él no tiene aquí ninguna relevancia.
En concreto, el Tribunal Federal Fiscal (BFH) dejó claro que el valor catastral de referencia puede aplicarse de forma generalizada a todos los terrenos de una zona de valor catastral de referencia. Quien desee alegar un valor inferior debe cumplir los estrictos requisitos legales del artículo 38, apartado 4, de la Ley de Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Baden-Wurtemberg (LGrStG BW). No basta con una referencia general a las características particulares de la propia parcela. Los propietarios de Baden-Württemberg que hayan impugnado la liquidación de su impuesto sobre bienes inmuebles deberían estar al tanto de estas sentencias y, en su caso, solicitar asesoramiento en materia de derecho fiscal.
Inclusión de las provisiones para multas en la valoración de la empresa
La sentencia de 25 de marzo de 2026 (n.º de expediente II R 17/23) se refiere al método simplificado de valoración del valor de rendimiento, que se aplica en la valoración de empresas, por ejemplo, a efectos del impuesto sobre sucesiones y donaciones. El Tribunal Federal Fiscal (BFH) dictaminó que los gastos derivados de una provisión para una multa en materia de competencia deben volver a añadirse al valor inicial de referencia cuando la multa tenga carácter exclusivamente sancionador. Dichos gastos extraordinarios no deben reducir de forma permanente el resultado de la valoración fiscal. En el caso de las sucesiones empresariales y las donaciones, esto puede influir notablemente en la base de valoración y, por tanto, en la carga fiscal.
Fideicomiso e impuesto sobre la adquisición de bienes inmuebles en las sociedades personales
La sentencia de 25 de marzo de 2026 (n.º de expediente II R 30/25) aclara una cuestión de relevancia práctica en torno a las relaciones fiduciarias en las sociedades personales propietarias de bienes inmuebles. Cuando un socio mantiene su participación en régimen de fideicomiso a favor de un tercero, el inmueble sigue formando parte del patrimonio de la sociedad a efectos fiscales. El mero acuerdo de fideicomiso sobre la participación social no da lugar, por sí solo, a la obligación de pagar el impuesto sobre la adquisición de bienes inmuebles. No obstante, la posterior transferencia de la participación del fideicomisario al fideicomitente puede, en determinadas condiciones, cumplir los requisitos del artículo 1, apartado 2a, de la Ley alemana del impuesto sobre la adquisición de bienes inmuebles (GrEStG) y, por lo tanto, dar lugar al pago de dicho impuesto. Quien posea o tenga previsto poseer participaciones en sociedades propietarias de inmuebles a través de estructuras fiduciarias debería hacer que se examinen cuidadosamente las consecuencias fiscales.
Presentación electrónica de escritos: hay que tomarse en serio los requisitos formales
La sentencia de 24 de febrero de 2026 (n.º de expediente VII R 34/24) tiene un enfoque más bien procesal. Se refiere a los requisitos para la presentación electrónica de escritos ante los tribunales fiscales. Un escrito con firma simple que se presente a través de un canal de transmisión no autorizado no cumple los requisitos legales de forma. Si bien es cierto que los tribunales están obligados a señalar los vicios de forma fácilmente reconocibles y a permitir su subsanación dentro del plazo vigente, Sin embargo, si se recurre a un canal de transmisión no autorizado, se corre el riesgo de perder el recurso. Precisamente en los procedimientos fiscales o ante los tribunales fiscales en curso, es imprescindible garantizar que la presentación electrónica se realice de conformidad con los requisitos formales.
En todas las decisiones mencionadas se aplica lo siguiente: las consecuencias concretas dependen de cada caso particular. Se recomienda solicitar asesoramiento fiscal personalizado.
Fuente: Haufe: Impuestos
Este artículo se ha elaborado con la ayuda de la inteligencia artificial y ha sido revisado por la redacción.