DERECHO MERCANTIL Y SOCIETARIO EN FLENSBURGO Y HARRISLEE

Derecho mercantil y societario en Flensburg, abogada Ina Reese

Asesoramiento con garantías jurídicas en la constitución de sociedades, la redacción de contratos y todas las cuestiones relacionadas con el Derecho de sociedades

Como abo­ga­da espe­cia­lizada en der­echo socie­ta­rio en Flens­burg y Harris­lee, Ina Ree­se ofre­ce ase­so­r­ami­en­to sob­re la con­sti­tu­ción de empre­sas, la elección de la for­ma jurí­di­ca adecua­da y la redac­ción de estatu­tos socia­les. Tam­bién le acom­pa­ña­mos en la gestión dia­ria de su socie­dad, en pro­ce­sos de ree­s­truc­tur­a­ción y en con­flic­tos ent­re soci­os. Ase­sora­mos a empren­de­do­res, coope­ra­tiv­as de autó­no­mos, empre­sas fami­lia­res y peque­ñas y media­nas empre­sas. Siemp­re que sea posi­ble, bus­ca­mos solu­cio­nes de mutuo acuer­do; cuan­do sea nece­sa­rio, defen­de­mos sus inte­re­ses de for­ma fir­me, tan­to en el ámbi­to ext­ra­ju­di­cial como ante los tri­bu­na­les.

Constitución y elección de la forma jurídica

La elección de la for­ma jurí­di­ca adecua­da sien­ta las bases para el éxi­to econó­mi­co de su empre­sa. Le ase­sora­mos en la con­sti­tu­ción de una socie­dad limi­ta­da (GmbH), una socie­dad anó­ni­ma (AG), una socie­dad de responsa­bil­idad limi­ta­da (UG), una socie­dad civil (GbR), una socie­dad pro­fe­sio­nal o una socie­dad coman­di­ta­ria, y redac­ta­mos los estatu­tos que mejor se adap­ten a su proyec­to. Tam­bién acom­pa­ña­mos a los pro­fe­sio­na­les autó­no­mos, como los méd­icos, en la con­sti­tu­ción de con­sul­tas colec­ti­vas. Asi­mis­mo, le ase­sora­mos sob­re todo el ciclo de vida de una socie­dad, des­de la trans­for­mación a otra for­ma jurí­di­ca has­ta la liqui­da­ción, pasan­do por la liqui­da­ción de cuen­tas en caso de baja de socios. 
Asesoramiento con garantías jurídicas en la constitución de sociedades, la redacción de contratos y todas las cuestiones relacionadas con el Derecho de sociedades

Derecho de sociedades en Flensburg

Contratos sociales y estatutos

Un cont­ra­to social redac­ta­do con cla­ri­dad pre­vie­ne los liti­gi­os y regu­la de for­ma vin­cu­lan­te la cola­bora­ción ent­re los soci­os. Redac­ta­mos y revi­sa­mos cont­ra­tos socia­les y estatu­tos para socie­da­des de responsa­bil­idad limi­ta­da (GmbH), socie­da­des civi­les (GbR) y socie­da­des per­so­na­les, y los adap­t­a­mos a las nue­vas cir­cuns­tanci­as, por ejem­plo, en caso de incor­pora­ción de nue­vos soci­os, clá­u­su­las de suce­sión o dis­po­si­cio­nes sob­re el repar­to de bene­fi­ci­os. Asi­mis­mo, redac­ta­mos con total segu­ri­dad jurí­di­ca los cont­ra­tos de admi­nis­tra­ción y de tra­ba­jo para los órga­nos de la sociedad.

Gestión, representación y responsabilidad

Los admi­nis­tra­do­res y admi­nis­tra­do­ras asu­men ampli­as obli­ga­cio­nes y ries­gos de responsa­bil­idad per­so­nal. Ofre­ce­mos ase­so­r­ami­en­to sob­re el poder de repre­sent­a­ción, la con­ce­sión y la revo­ca­ción de la pro­cu­ra­ción, así como sob­re la deli­mit­a­ción de las áre­as de responsa­bil­idad cuan­do hay vari­os admi­nis­tra­do­res. En el mar­co de nues­tro ser­vicio de ase­so­r­ami­en­to a direc­to­res gene­ra­les, le acom­pa­ña­mos en cues­tio­nes rela­cio­na­das con la responsa­bil­idad de los direc­to­res gene­ra­les fren­te a la socie­dad y los acree­do­res, en el nom­b­ra­mi­en­to y la desti­tu­ción de direc­to­res gene­ra­les, así como en las limit­a­cio­nes de responsa­bil­idad reco­gi­das en el cont­ra­to de trabajo.

Conflictos entre socios y baja de socios

No es raro que las dife­ren­ci­as de opi­nión sob­re la ori­ent­a­ción de la empre­sa o el repar­to de bene­fi­ci­os den lugar a con­flic­tos. Defen­de­mos sus inte­re­ses en dis­pu­tas ent­re soci­os, en las jun­tas de soci­os, así como en pro­ce­di­mi­ent­os de exclu­sión y de indem­ni­za­ción. Siemp­re que sea posi­ble, bus­ca­mos una solu­ción de mutuo acuer­do; cuan­do sea nece­sa­rio, defen­de­mos sus derechos de for­ma fir­me, tan­to en la vía ext­ra­ju­di­cial como ante los tribunales.

Sucesión empresarial y transmisión de participaciones sociales

La trans­mi­sión de una empre­sa a la sigu­i­en­te genera­ción o a suce­so­res exter­nos debe pla­ni­fi­carse con antel­a­ción. Redac­ta­mos las dis­po­si­cio­nes de suce­sión en los estatu­tos socia­les, ges­tio­na­mos la trans­mi­sión de par­ti­ci­pa­cio­nes socia­les y ase­sora­mos sob­re la incor­pora­ción de nue­vos soci­os con vis­tas a pre­parar la suce­sión. Asi­mis­mo, le ayu­da­mos en caso de cam­bio de for­ma jurí­di­ca de la socie­dad en el mar­co de una ree­s­truc­tur­a­ción. Para obte­ner más infor­mación sob­re Der­echo de con­ver­sión Lo encon­trará en nues­tro Ámbi­to de actu­ación.

Aspectos fiscales de las decisiones en materia de derecho de sociedades

Como abo­ga­da y espe­cia­lis­ta en Der­echo fis­cal, siemp­re ana­liz­a­mos las cues­tio­nes de Der­echo de socie­da­des tam­bién des­de el pun­to de vis­ta fis­cal. La elección de la for­ma jurí­di­ca, la orga­ni­za­ción de los repar­tos de bene­fi­ci­os o la opti­mi­za­ción fis­cal de la suce­sión empre­sa­ri­al reper­cu­ten direc­ta­men­te en su car­ga fis­cal. Ana­liz­a­mos estas inter­re­la­cio­nes de for­ma inte­gral, sin que usted ten­ga que recurr­ir a un bufete de abo­ga­dos y a una ase­so­ría fis­cal por separado.

Derecho de sociedades Despacho de abogados y asesores fiscales en Flensburg

Derecho de las cooperativas: el Consejo de Ministros aprueba una reforma integral 

El Con­se­jo de Minis­tros ha apro­ba­do una refor­ma de la Ley de Coope­ra­tiv­as: con­sti­tu­ción más rápi­da, vot­acio­nes digi­ta­les y mayor pro­tección fren­te a modelos poco fiables.

Sucesión empresarial en Flensburg 

Suce­sión empre­sa­ri­al en Flens­burg: cómo pla­ni­fi­car adecua­d­a­men­te el der­echo suces­o­rio y los impues­tos. En muchos…

Tribunal Federal de Justicia (BGH): Los trabajadores de una empresa conjunta no se suman a efectos de la participación de un tercio 

El Tri­bu­nal Fede­ral de Jus­ti­cia (BGH) acla­ra: para el umbral de 500 tra­ba­ja­do­res pre­vis­to en la Ley de Par­ti­ci­pa­ción de un Terccio, solo se tie­nen en cuen­ta los emp­lea­dos propios.

Acciones no representadas por títulos en la sociedad anónima familiar: cómo realizar la transmisión de forma segura 

Cómo trans­fer­ir cor­rec­ta­men­te las accio­nes no titu­lizadas en una socie­dad anó­ni­ma fami­li­ar: por qué es tan importan­te el prin­ci­pio de especificidad.

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