Derecho de conversión en Flensburg, abogada Ina Reese
Estructura clara en caso de fusión, escisión o cambio de forma jurídica y otras reestructuraciones de su empresa
Como abogada especializada en derecho de transformaciones en Flensburg y Harrissee, Ina Reese asesora a las empresas en la reestructuración de su organización societaria, desde la fusión de varias sociedades hasta la escisión de divisiones empresariales, pasando por el cambio de forma jurídica. Ya se trate de la fusión de sociedades afiliadas, la separación de áreas de negocio o la incorporación de una empresa unipersonal a una sociedad de capital: le acompañamos desde la planificación hasta la ejecución, de conformidad con la Ley de Transformaciones.
Asesoramos a empresas familiares, grupos empresariales y pequeñas y medianas empresas en la elección del tipo de transformación más adecuado y elaboramos los contratos, planes y acuerdos necesarios para ello. Para la formalización notarial de los acuerdos de transformación, colaboramos estrechamente con notarios; la concepción jurídica y fiscal queda en nuestras manos.
Derecho de conversión de Flensburg
Fusión de empresas
En una fusión, dos o más sociedades se incorporan a una sociedad ya existente o de nueva constitución, y las entidades que se fusionan se extinguen sin que sea necesaria una liquidación. Asesoramos tanto en fusiones por absorción —por ejemplo, para la unificación de sociedades afiliadas dentro de un grupo empresarial— como en fusiones mediante constitución de una nueva sociedad. Esto incluye la redacción del contrato de fusión, la comprobación de los requisitos para prescindir del informe de fusión, así como la preparación de los acuerdos de socios necesarios.
Escisión: división, separación y desprendimiento
La escisión permite separar jurídicamente distintas partes de una empresa. En la escisión total, la totalidad del patrimonio se transfiere a varias entidades jurídicas y la entidad jurídica original se extingue; en la escisión parcial, una parte del patrimonio permanece en la sociedad original, mientras que otra parte se transfiere. En la escisión, la sociedad transfiere una parte de su patrimonio a otra entidad jurídica y, a cambio, recibe acciones de esta. Le asesoramos sobre qué forma de escisión se adapta mejor a su proyecto, por ejemplo, para la separación de áreas de negocio, la preparación de una venta de acciones o la protección frente a riesgos económicos.
Cambio de forma jurídica
En un cambio de forma jurídica, la forma jurídica de una empresa cambia, pero su identidad jurídica se mantiene; no es necesario transferir los activos uno por uno. Le asesoramos en situaciones habituales, como el cambio de una GmbH a una GmbH & Co. KG o viceversa, y analizamos qué forma jurídica se ajusta mejor a sus necesidades en materia de responsabilidad, fiscalidad y sucesión. Elaboramos el informe de transformación necesario y preparamos el acuerdo de cambio de forma jurídica.
Transmisión de patrimonio, aportación y aumento de valor
Además de los tipos clásicos de transformación previstos en la Ley de Transformaciones, también le asesoramos en medidas estructurales que no están contempladas en dicha ley. Entre ellas destaca, en particular, la incorporación de una empresa unipersonal o de una participación en una sociedad colectiva a una sociedad de capital o de personas, un paso habitual en empresas en crecimiento o en el marco de la planificación de la sucesión. Asimismo, le asesoramos en casos de incorporación, por ejemplo, cuando en una sociedad personal todos los socios, salvo uno, se retiran y el patrimonio social se transfiere al socio restante mediante sucesión universal.
Planificación, redacción de contratos y ejecución
Una transformación afecta a cuestiones de derecho societario, laboral y fiscal a la vez. Redactamos contratos y planes de transformación, preparamos los acuerdos de socios necesarios y nos encargamos de la inscripción en el Registro Mercantil. En el marco de una transformación, las relaciones laborales existentes se transfieren por ley a la entidad sucesora; también respondemos a las preguntas al respecto en el marco de nuestro asesoramiento en materia de derecho laboral. Para la formalización notarial de los acuerdos de transformación, coordinamos estrechamente con su notario.
Aspectos fiscales de la transformación
Como abogada y especialista en Derecho fiscal, analizamos cada transformación desde el principio también desde el punto de vista fiscal. La Ley de Impuestos sobre Transformaciones permite, bajo determinadas condiciones, la continuación sin repercusiones fiscales de los valores contables; si no se respeta este marco, pueden producirse importantes ganancias de transmisión. Comprobamos el cumplimiento de los plazos de bloqueo legales, por ejemplo, en el caso de las aportaciones según los artículos 20 y 24 de la Ley de Impuestos sobre las Transformaciones (UmwStG), la retroactividad fiscal de las fusiones y escisiones, así como las posibles consecuencias en materia de impuesto sobre la adquisición de bienes inmuebles cuando se transfieren activos inmobiliarios. Analizamos todos estos aspectos de forma integral, sin que usted tenga que recurrir tanto a un bufete de abogados como a un despacho de asesores fiscales.
Con más de 20 años de experiencia en el asesoramiento jurídico y fiscal, le acompaño en procesos de fusión, escisión, cambio de forma jurídica y aportación de su empresa, de forma clara y estructurada, con visión de futuro y buscando una solución fiscalmente viable.
Derecho de conversión de Flensburg Despacho de abogados y asesores fiscales en Flensburg
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