El teletrabajo y el trabajo móvil forman parte desde hace tiempo de la rutina laboral. Sin embargo, ambos conceptos se confunden con frecuencia, a pesar de que, desde el punto de vista jurídico, conllevan requisitos muy diferentes. Quien, ya sea como empresario o como trabajador, no establezca unas normas claras al respecto, se arriesga a sufrir conflictos y problemas legales.
¿Cuál es la diferencia?
El teletrabajo consiste en trabajar en un puesto de trabajo fijo y permanente fuera de la empresa, normalmente en el propio domicilio. El trabajo móvil, por el contrario, se refiere a trabajar en lugares cambiantes, es decir, en el tren, en un hotel o en una cafetería. El trabajador solo tiene que estar localizable, pero no está obligado a permanecer en un lugar concreto.
Seguridad y salud en el trabajo: las diferencias son considerables
En el teletrabajo se aplican, en principio, las mismas normas de seguridad y salud en el trabajo que en la oficina de la empresa. Si es el empresario quien habilita el puesto de trabajo en el domicilio, se aplica incluso el Reglamento sobre lugares de trabajo. Esto significa que el empresario es responsable y corre con los gastos del equipamiento adecuado, desde la silla de oficina hasta el escritorio.
En el caso del teletrabajo, la normativa es menos estricta. El Reglamento sobre lugares de trabajo no es de aplicación en este ámbito, ya que ningún empresario puede evaluar la seguridad de un sillón de hotel. No obstante, siguen vigentes obligaciones como la evaluación de riesgos prevista en la Ley de protección laboral o las instrucciones de seguridad, aunque sea de forma limitada.
No se permitirá la vuelta a la oficina sin una justificación objetiva
La ley no establece ningún derecho al teletrabajo. Los empleadores pueden concederlo o denegarlo. Por el contrario, tampoco pueden imponerlo de forma unilateral. Sin embargo, quien desee revocar los acuerdos de teletrabajo ya existentes se enfrentará a obstáculos mayores de lo que muchos piensan.
El Tribunal Laboral de Düsseldorf dictaminó al respecto el 11 de febrero de 2026 (n.º de expediente 3 Ca 6587/25) que, si bien la práctica del teletrabajo durante años no da lugar a un derecho adquirido, una orden de reincorporación solo es válida si se ajusta a los principios de equidad. En el caso concreto, la empresa no pudo demostrar de forma plausible por qué la presencia del empleado resolvería los supuestos problemas de comunicación, sobre todo teniendo en cuenta que sus interlocutores seguían trabajando a distancia. La orden carecía de validez. Cabe señalar que se trata de una resolución en primera instancia. Otros tribunales evalúan los requisitos para este tipo de órdenes de reincorporación, en algunos casos, de forma menos estricta.
Jornada laboral, períodos de descanso y protección de datos
En lo que respecta al registro de la jornada laboral, tanto en el teletrabajo como en el trabajo móvil se aplican las mismas normas que en la oficina. Las empresas deben documentar la hora de inicio, la hora de finalización y la duración de la jornada laboral diaria, incluidas las pausas.
El teletrabajo conlleva un riesgo especial: resulta más difícil respetar el periodo de descanso de once horas que exige la ley. Quien por la noche, en el tren, echa un vistazo rápido a sus correos electrónicos, interrumpe, técnicamente hablando, el período de descanso. Por eso, el riesgo de incurrir en infracciones involuntarias de la normativa sobre jornada laboral es notablemente mayor en el trabajo a distancia.
En materia de protección de datos también se aplican las mismas obligaciones en todas partes. Sin embargo, en las cafeterías o en el tren, el riesgo de revelar datos confidenciales sin autorización es mucho mayor que en el escritorio de casa.
Costes e información práctica
El teletrabajo suele ser más caro que el trabajo móvil. En su caso, los empresarios deben proporcionar los medios de trabajo y el mobiliario necesarios. Si no se facilitan, el trabajador tiene derecho a que se le reembolsen los gastos. Se aplica una excepción cuando el empresario dispone de un puesto de trabajo en la oficina de la empresa y el teletrabajo se lleva a cabo a petición del empleado.
- Los acuerdos claros por escrito evitan disputas posteriores.
- Las normas sobre el teletrabajo deben abarcar la seguridad y la salud en el trabajo, el reembolso de gastos y la disponibilidad.
- En el caso del teletrabajo, se recomienda contar con directrices sobre protección de datos y documentación de la jornada laboral.
Tanto los empresarios como los trabajadores que tengan dudas concretas sobre la configuración de este tipo de modelos deberían solicitar asesoramiento jurídico, ya que los detalles dependen en gran medida de la relación laboral concreta y de los acuerdos existentes.
Fuente: Haufe: Personal
Este artículo se ha elaborado con la ayuda de la inteligencia artificial y ha sido revisado por la redacción.