Quienes, como profesionales liberales o autónomos, trabajan en un lugar distinto al de su residencia y alquilan allí una segunda vivienda, suelen esperar poder deducir fiscalmente todos los gastos relacionados con ella. El Tribunal Federal de Hacienda ha aclarado ahora cuáles son los límites de la deducción de gastos profesionales en el caso de los desplazamientos a la vivienda familiar en el marco de una doble residencia. La sentencia de 19 de mayo de 2026 (n.º de expediente VIII R 15/24) afecta a todos los autónomos que se desplazan regularmente entre dos lugares de residencia.
El caso: un autónomo con dos lugares de residencia
Un demandante que ejercía como autónomo tenía su residencia principal en la ciudad de K. Sin embargo, trabajaba casi exclusivamente para un único cliente en la lejana ciudad de H, donde prestaba sus servicios cuatro días a la semana. Allí alquilaba además un piso. Para sus desplazamientos utilizaba un vehículo en régimen de leasing, que empleaba en más de un 50 % con fines profesionales.
En su declaración de resultados, dedujo como gastos de explotación el alquiler del segundo piso, así como todos los gastos relacionados con los vehículos. Sin embargo, la Agencia Tributaria solo reconoció los gastos de desplazamiento por el importe de la deducción por distancia y, además, redujo los gastos adicionales de manutención. El demandante recurrió ante los tribunales y, finalmente, también perdió el caso ante el Tribunal Federal de Hacienda (BFH).
Lo que ha dictaminado el Tribunal Federal Fiscal (BFH)
El tribunal aclaró, en primer lugar, cuándo se da realmente una situación de doble residencia en el caso de un trabajador autónomo. El requisito es que mantenga un hogar propio fuera de la localidad en la que ejerce principalmente su actividad y que resida también en el lugar donde se centra dicha actividad. En cualquier caso, el centro de actividad se sitúa allí donde se encuentra el único establecimiento en el sentido de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
En el caso concreto, se trataba claramente de la ciudad de H, ya que allí se encontraba la única sede permanente de la empresa del demandante. Por lo tanto, los desplazamientos entre H y K no eran viajes de negocios habituales, sino los denominados «desplazamientos al domicilio familiar» en el sentido del artículo 4, apartado 5, frase 1, número 6, de la Ley del Impuesto sobre la Renta (EStG). A efectos fiscales, dichos desplazamientos solo pueden deducirse por el importe de la deducción por distancia, pero no por el importe total de los gastos reales del vehículo.
Qué se entiende por «establecimiento permanente» en este contexto
El Tribunal Federal Fiscal (BFH) subrayó además que el concepto de «establecimiento permanente» para los autónomos debe determinarse de forma independiente y no con arreglo a las normas que se aplican desde 2013 a los trabajadores por cuenta ajena en relación con su denominado «primer lugar de trabajo». En el caso de los autónomos, sigue siendo necesario que acudan a una instalación empresarial fija y permanente no solo de forma ocasional, sino de manera regular y continuada. Se trata, por tanto, del centro efectivo de la actividad vinculado a un lugar concreto.
Qué significa esto para los autónomos
La sentencia tiene consecuencias prácticas para todos los autónomos y empresarios que trabajan habitualmente en un lugar distinto de aquel en el que tienen su residencia habitual y que disponen allí de una segunda vivienda.
- Los desplazamientos entre la segunda vivienda situada en el lugar de trabajo y la vivienda principal se consideran desplazamientos al domicilio familiar y solo son deducibles de forma limitada.
- No se permite la deducción íntegra de los gastos reales del vehículo correspondientes a dichos desplazamientos cuando existe una doble residencia.
- El hecho de que exista realmente una doble residencia y dónde se encuentre el centro de actividad depende de las circunstancias concretas de cada caso.
Quien se encuentre en una situación similar y no esté seguro de cómo clasificar correctamente sus gastos, debería hacer que se revise minuciosamente la valoración fiscal. Una clasificación errónea puede dar lugar a importantes pagos atrasados en el marco de una inspección fiscal.
Fuente: Comunicados de prensa de la BFH
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