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Ingresos de las plataformas: Alemania amplía el intercambio automático de datos a terceros países

Ingresos de las plataformas: Alemania amplía el intercambio automático de datos a terceros países

Quie­nes obtie­nen ingre­sos a tra­vés de pla­ta­formas digi­ta­les —ya sea como arrend­ado­res en una pla­ta­for­ma de reser­vas, como ven­de­do­res en un mer­ca­do online o como autó­no­mos en una pági­na de bús­queda de emp­leo— lle­van tiem­po en el pun­to de mira de las auto­ri­d­a­des fis­ca­les. Aho­ra, el Gobier­no fede­ral tiene pre­vis­to ampli­ar el inter­cam­bio automá­ti­co de infor­mación sob­re dichos ingre­sos a otros paí­ses fuera de la UE. Se ha pre­sen­ta­do un proyec­to de ley al respecto.

¿Qué hay detrás de todo esto?

Den­tro de la Unión Euro­pea, las auto­ri­d­a­des fis­ca­les lle­van ya algún tiem­po inter­cam­bi­an­do automá­ti­ca­men­te datos sob­re los ingre­sos genera­dos a tra­vés de pla­ta­formas. La base jurí­di­ca para ello es la deno­mi­na­da Direc­ti­va de la UE sob­re asis­ten­cia admi­nis­tra­ti­va. Así pues, si una pla­ta­for­ma como Airbnb o eBay comu­ni­ca a la auto­ri­dad com­pe­ten­te datos sob­re un ven­de­dor resi­den­te en Ale­ma­nia, dicha infor­mación tam­bién lle­ga a la Agen­cia Tri­bu­t­a­ria alemana.

Sin embar­go, has­ta aho­ra esto solo se apli­ca­ba en rela­ción con los Estados miem­bros de la UE. Con la nue­va ley de rati­fi­ca­ción se pre­ten­de aho­ra incor­porar al Der­echo ale­mán el deno­mi­na­do «Acuer­do Mul­ti­la­te­ral» de 22 de junio de 2021. Ale­ma­nia había fir­ma­do este acuer­do, ela­bora­do bajo los aus­pi­ci­os de la OCDE, en noviembre de 2024. Obli­ga a los Estados par­ti­ci­pan­tes a inter­cam­bi­ar automá­ti­ca­men­te, tam­bién con ter­ce­ros paí­ses, infor­mación fis­cal rele­van­te sob­re los ingre­sos genera­dos a tra­vés de plataformas.

¿Qué significa esto para los operadores de plataformas y los usuarios?

Has­ta aho­ra, las pla­ta­formas con sede fuera de la UE se enf­ren­tab­an a una doble car­ga: obli­ga­cio­nes de noti­fi­ca­ción en su pro­pio país de resi­den­cia y, al mis­mo tiem­po, obli­ga­cio­nes de regis­tro y noti­fi­ca­ción en la UE. El nue­vo acuer­do ofre­ce una solu­ción a este pro­ble­ma. Si una pla­ta­for­ma de un ter­cer país cum­p­le con obli­ga­cio­nes de noti­fi­ca­ción equi­va­len­tes en su país de ori­gen y exis­te un sis­te­ma de inter­cam­bio efi­caz con los Estados miem­bros de la UE, no será nece­sa­rio rea­li­zar la doble notificación.

Para los con­tri­buy­en­tes en Ale­ma­nia, esto signi­fi­ca en la prác­ti­ca, sob­re todo, una cosa: los ingre­sos obteni­dos a tra­vés de pla­ta­formas digi­ta­les son cada vez más cono­ci­dos por las auto­ri­d­a­des fis­ca­les. En el futu­ro, esto ya no se apli­cará úni­ca­men­te a las trans­ac­cio­nes rela­cio­na­das con la UE, sino tam­bién a las ope­ra­cio­nes rea­lizadas a tra­vés de pla­ta­formas de paí­ses como el Rei­no Uni­do, Cana­dá u otros Estados miem­bros de la OCDE.

Se garantiza la protección de datos

El proyec­to de ley estable­ce expre­sa­men­te que el inter­cam­bio de datos está suje­to a est­ric­tas nor­mas de pro­tección de datos. La infor­mación trans­mit­i­da se remi­te exclu­si­v­a­men­te a las auto­ri­d­a­des fis­ca­les del país cor­re­spon­dien­te y no se hace pública.

¿Qué deben tener en cuenta las personas afectadas?

Quie­nes obten­gan ingre­sos de for­ma habi­tu­al a tra­vés de pla­ta­formas digi­ta­les y has­ta aho­ra no los hayan decla­ra­do, o no lo hayan hecho en su tota­li­dad, en su declar­a­ción de la ren­ta, debe­rí­an seguir de cer­ca la evo­lu­ción de la situ­ación. Las auto­ri­d­a­des inter­na­cio­na­les cola­boran cada vez más est­recha­men­te en la detección de la eva­sión fis­cal. Qui­en no esté segu­ro de si dichos ingre­sos deben declar­ar­se a efec­tos fis­ca­les, ni de cómo hacer­lo, debe­ría soli­ci­tar ase­so­r­ami­en­to fis­cal con antel­a­ción para evi­tar pagos atra­sa­dos o con­se­cuen­ci­as pena­les en mate­ria tributaria.

El proyec­to de ley se encuen­tra actu­al­men­te en trá­mi­te par­la­men­ta­rio. Su ent­ra­da en vigor solo será posi­ble tras la apro­ba­ción defi­ni­ti­va del Bundestag.

Este artí­cu­lo y la ima­gen que lo acom­pa­ña se han ela­bora­do con la ayu­da de la inte­li­gen­cia arti­fi­ci­al y han sido revi­sa­dos por la redacción.

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